Familia y derecho de Familia

Familia y derecho de Familia

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El concepto de familia es un dato prenormativo que existe con independencia del Derecho y que no necesita nada más para constituirse como organización social. El objeto del derecho es la regulación de esa convivencia de la familia.

Por consiguiente, el Derecho de Familia  es aquella parte del Derecho Civil que regula las relaciones jurídicas familiares y los conflictos de intereses que se suscitan entre ellos.

Podemos destacar ciertas características:

  • Es una parte del Derecho Civil que regula una parcela del Derecho privado, regulando relaciones familiares estrictamente personales, pero en ocasiones también regula contenido patrimonial.
  • Normas constitucionales que otorgan una especial protección
    1. Art. 39 Constitución en el que “Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil”.
    2. Art. 14 Constitución, protege a los hijos fuera y dentro del matrimonio
    3. Art. 32 Constitución, en el que El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. Dicho artículo tuvo un papel importante en la aprobación del matrimonio homosexual, tanto en las posturas a favor como en contra.
  • La mayor parte de sus disposiciones legales son  normas de derecho imperativo.
  • Existen derechos subjetivos de configuración especial que normalmente con deberes, es decir, el derecho de uno implica el derecho de otro, por lo tanto, se convierte en un deber
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